A veces, cuando uno de los obligados al pago de una pensión fijada en una sentencia o en un convenio regulador, no cumple, iniciamos ejecuciones civiles para hacerle cumplir, pues en definitiva, normalmente son los alimentos de nuestros hijos, y esa actuación sirve para que el incumplimiento revierta, y nuestros hijos se encuentren atendidos.

Pero en otras muchas ocasiones, esa ejecución civil no es suficiente, y el obligado al pago se intenta “esconder y escabullir” de su obligación, y debemos acudir a la vía penal.

Se habla de “violencia económica”, el incumplimiento de esta obligación pues deja a los hijos en un preocupante estado de necesidad, en el que, ante su corta edad o no, y carencia de autosuficiencia, necesitan de este sustento alimenticio.

Pues bien, eso hemos tenido que hacer en Negotia Abogados, con una cliente, acudir a la vía penal, ya que el otro progenitor no quería pagar, a pesar de haberle perseguido civilmente, y no pagaba, no porque no pudiera, sino porque no quería hacerlo, pensando que le hacía daño a ella, y a quien realmente hacía daño era a sus hijos, que les ha dejado en situación de necesidad.

Tras una larga instrucción, al final hemos podido demostrar los requisitos para que se cumpla el delito de abandono de familia:

  1. – Que exista un convenio homologado o una resolución judicial que establezca la obligación de pagar la pensión alimenticia.
  2. – Que se deje de pagar una determinada prestación económica (pensión alimentos o compensatoria) durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos.
  3. – Poder acreditar que el impago no viene determinado por una imposibilidad de su pago, sino que ha sido voluntario, es decir, demostrar que quien no paga, no lo hace a pesar de que su situación económica se lo permitiría. También se debe demostrar que el impago ha sido reiterado o que se ha prolongado en el tiempo, dado que no es lo mismo un «olvido» puntual que algo recurrente, por el agravante de la intencionalidad.

En este caso hemos podido demostrar que el acusado, a pesar de querer hacer creer en el juicio oral que no tenía ingresos, sí disponía de los mismos, y que no pagaba porque no quería, o no trabajaba por cuenta ajena porque “si no le embargaban”. Finalmente el Juzgado de lo Penal de Valladolid, le ha condenado a un delito de abandono de familia y al pago de las pensiones dejadas de pagar.

En Negotia Abogados nos produce satisfacción que nuestra cliente pueda dormir un poco más tranquila, y sus hijos se encuentren más protegidos.

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