El Ministerio de Hacienda ha publicado la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de publicar (PRTR), https://www.boe.es/boe/dias/2021/09/30/pdfs/BOE-A-2021-15860.pdf

El objetivo de la citada Orden es configurar y desarrollar un Sistema de Gestión orientado a definir, planificar, ejecutar, seguir y controlar los proyectos y subproyectos en los que se descomponen las medidas (reformas/inversiones) previstas en los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Uno de los puntos clave de la orden es el refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses., que no son sino la acreditación del programa de compliance que la organización tiene implantados en su seno.

Para ello, dedica el artículo 6 a articular, entre otras, medidas, en las que se establece que “toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.”

De esta forma el Ministerio de Hacienda respalda los denominados programas de «compliance», sistemas de gestión internos que nacieron para combatir la comisión de delitos en el seno de las empresas, pero que con el tiempo han ido incorporando ilícitos de otras áreas, y que tienen por objetivo el establecimiento de la cultura de la legalidad de manera real y efectiva en las organizaciones (administrativos, laborales, de competencia, etc.).

En el Anexo II se recoge el llamado “ Test de autoevaluación y riesgo «, donde a lo largo de seis apartados el solicitante debe dar fe de la adopción en su empresa de practicas acordes a la legislación y contrarias al fraude.

La orden finaliza, con el Anexo IV, apartado C de la Orden, que es una declaración responsable que las empresas beneficiarias deberán realizar en los términos establecidos en el mismo y cuyo contenido se centra en “….manifiesta el Compromiso de contar con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados”.

LAS AYUDAS DE LOS FONDOS EUROPEOS EXIGEN EL COMPLIANCE

Como conclusión, aquellas empresas y organizaciones que quieran optar a la concesión de fondos europeos asociados al PRTR, estarán obligados a contar con un Plan de prevención y detección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés

Este es un paso más en la línea iniciada hace más de un lustro en el código penal, y continuada con la Ley de Contratos del Sector Público 3 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Es un paso más en la línea de una cultura de respeto a la ley y a las buenas prácticas que en NEGOTIA, desde nuestro departamento de COMPLIANCE, hacemos llegar a nuestros clientes implantado PROGRAMAS REALES, y a medida que sean un instrumento de gestión útil y les aporte valor empresarial.

José Antonio Castañeda Pérez

Responsable del Área de Compliance de Abogados Negotia

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