Y ahora la solución es el Fondo de Financiación para el pago a Proveedores.

Cuando todas las esperanzas de cobro estaban pérdidas, cuando parecía que no iba a llegar nunca, cuando ya estábamos a otra cosa aparece un “nuevo” Gobierno y aprueba una norma cuya finalidad es abonar los servicios prestados por pequeñas y muy pequeñas empresas cuyos beneficiarios hemos sido todos. Pero, a qué precio. Hoy las Administraciones Locales, pequeños, medianos y grandes Ayuntamientos están como locos trabajando en el plan de viabilidad para acogerse al fondo de financiación para el pago a proveedores y así acabar con la pesadilla diaria de ver como los “paisanos” que han puesto al servicio del dominio público sus empresas, sus ahorros, y mucho más, puedan ver satisfechos sus honorarios. Acabar con las visitas diarias del “qué hay de lo mío”, y del “para cuándo”.

Hoy todos los Secretarios de Ayuntamiento están participando en el mayor movimiento financiero que ha visto en su corta historia democrática este país (nunca jamás), y esperemos que vaya a ver, para acabar con la consecuencia de uno de los tantos excesos que se han cometido en los últimos años. Contratar por contratar, para inaugurar con independencia de las necesidades del municipio, y así conseguir, en una guerra de gasto y votos, agarrarse al sillón de mando, y que sé yo más.

Pero no nos engañemos. No es tan bonito como lo pintan en los medios de comunicación. Por de pronto, no se va a satisfacer el sacrificio que las empresas y autónomos, sin aún es que existen, han tenido que hacer en esta larga espera. No se pretende indemnizar a éstas con el pago del interés de demora que corresponde. Y en algunos casos, hemos podido escuchar a algún entendido, de cuyo nombre no quiero acordarme, indicar que se abonarán antes los servicios a aquéllas empresas y autónomos que acepten una quita en sus honorarios. ¡Pero de qué estamos hablando, Señores! ¿!Además de haber tenido que concursar para conseguir la contratación (cierto es, que no en todos los casos) reduciendo al máximo los beneficios, incumpliendo el plazo de pago fijado en la ley de “lucha” contra la morosidad, tal y como ustedes se impusieron, ¡hay que renunciar a parte del cobro de las cantidades que se adeudan para privilegiarme con pagarme antes que al resto de mis compañeros!

Pero, ¿quién dijo que la Administración Pública no puede declararse en concurso de acreedores?

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