¿Qué ocurre cuando alguien decide reclamar lo que considera justo frente a su empresa y acaba despedido?

En Negotia Abogados, tras la defensa de la trabajadora por nuestro socio José Antonio Castañeda Pérez, hemos obtenido una sentencia relevante del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que ha vuelto a dejar claro un principio fundamental: reclamar derechos no puede salir caro, decretando el despido nulo.

La situación partía de un escenario bastante habitual en la práctica, una trabajadora que, ante discrepancias con su empresa, decide iniciar diferentes actuaciones para defender sus derechos, acudiendo primero a la vía de conciliación; después, interpone una reclamación judicial. Y, finalmente, pone los hechos en conocimiento de la Inspección de Trabajo. La empresa la notifica un despido disciplinario justificado en una supuesta disminución del rendimiento y en la transgresión de la buena fe contractual.

La Sala entra de lleno en una figura jurídica que es absolutamente clave en Derecho Laboral: la garantía de indemnidad. Es decir, un trabajador no puede ser perjudicado por el hecho de reclamar sus derechos.

En el caso concreto de esta trabajadora, donde las distintas reclamaciones y denuncias efectuadas y un despido unas semanas después, el TSJ determina que esa proximidad temporal no es casual, sino un indicio de vulneración de derechos fundamentales.

A partir de este momento, la carga de la prueba se invierte, y ya no es el trabajador quien tiene que demostrar la represalia, sino la empresa quien debe probar que su decisión es totalmente ajena a esa reclamación.

La empresa en cuestión no logró justificar el despido disciplinario, no se acreditaron los hechos imputados, ni existía una causa real, suficiente y ajena a la posible vulneración de derechos fundamentales.

Todo ello ha concluido en la declaración de nulidad del despido y obliga a la empresa a readmitir a la trabajadora en su puesto, abonar los salario de tramitación y a indemnizarla por daños morales derivados de la vulneración de derechos fundamentales, en la cantidad de 7.400 euros, recordando que dicha compensación tiene una función reparadora, además de preventiva y disuasorio para evitar futuras vulneraciones.

Reclamar derechos laborales es un derecho fundamental, y las represalias, aunque se disfracen de despido disciplinario, pueden ser detectadas, convirtiéndose en unas consecuencias graves para la empresa.

 

El ejercicio legítimo de derechos no puede convertirse en motivo de sanción

Detrás de este resultado hay una estrategia jurídica sólida, centrada en identificar lo verdaderamente relevante del caso: no solo la falta de causa del despido, sino su conexión con el ejercicio de derechos por parte de la trabajadora.

Enhorabuena al equipo de Negotia Abogados donde ha podido restaurar la situación de la trabajadora.

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